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2 diciembre 1998 3 02 /12 /diciembre /1998 06:33

ANHV (fachada)La Academia Nacional de la Historia ha estudiado en sus últimas sesiones, nueva-mente, todo lo concerniente a la historia de los límites entre Venezuela y Colombia, por tratarse de un asunto que atañe fun-damentalmente al destino del país. Como quiera que el Gobierno Nacional se prepa-ra, en el curso de estos días, para reanu-dar las negociaciones iniciadas en 1965 sobre la llamada delimitación de áreas marinas y submarinas EN EL ÁMBITO EXTERIOR DEL GOLFO DE VENEZUELA la Institución ha resuelto expresar su criterio, con fundamento histórico, en el ánimo de contribuir a ilustrar la opinión pública nacional e internacional.

PRIMERO: Una abundante y conocida documentación ha demostrado siempre la existencia de la antigua Provincia de Venezuela, configurada el 27 de marzo de 1528 como Gobernación y Capitanía General, sin solución de continuidad hasta el 19 de abril de 1810. El límite preciso, calificado y documentado de esa Provincia de Venezuela, núcleo territorial de la República de Venezuela que surgió de la Capitanía General de Venezuela y de la Real Audiencia de Caracas, fue siempre, en el occidente, el Cabo de la Vela en la Guajira.

SEGUNDO: En el período histórico de 1819 a 1830, correspondiente a la existencia de la República de Colombia, creada por Simón Bolívar desde Angostura, continuó vigente ese límite para el territorio del Departamento de Venezuela, sin discusión alguna.

TERCERO: Producida la disolución de la República de Colombia de 1830, las jurisdicciones territoriales volvieron a la situación de 1810, de acuerdo con el principio de uti possidetis juris y para los efectos de Venezuela continuó vigente como era natural el límite en el Cabo de la Vela.

CUARTO: Sólo a partir de 1833 la República de Nueva Granada, hoy República de Colombia (antiguo Departamento de Cundinamarca en la mencionada República de 1819 a 1830) comenzó a discutir el viejo y largamente establecido límite, con la carta que el General Francisco de Paula Santander escribió al Senado de Colombia el 1º de abril de ese año de 1833. La historia de las negociaciones entre las Repúblicas de Venezuela y de Colombia, desde 1833 en adelante, después de diversos laudos y convenios culminó con el Tratado de límites de 1941, en los que se señalan los límites actuales con los cuales Venezuela había perdido el extenso territorio de la Guajira que va desde su límite histórico en el Cabo de la Vela hasta el actual.

QUINTO: El Golfo de Venezuela, como bahía histórica y como aguas interiores, forma parte del mar territorial de Venezuela, antes y después del Tratado de 1941, con plenitud jurídica reconocida en el decreto del 15 de septiembre de 1939 por parte del Estado venezolano. Es por esa razón por la cual resultaba innecesaria para el momento de la firma del Tratado de 1941, cualquier referencia sobre el particular en el texto de este Tratado.

SEXTO: Por otra parte, el Archipiélago de Los Monjes, cuya soberanía venezolana ha sido reconocida por Colombia, estuvo siempre desde 1528 dentro de los límites claramente fijados de la Provincia de Venezuela, de la Capitanía General de Venezuela, de la Real audiencia de Caracas, del Departamento de Venezuela y de la Republica de Venezuela. En consecuencia, el Archipiélago de Los Monjes, debido a su condición insular, ha sido y es territorio venezolano, en aguas venezolanas, y por tanto genera derechos de participación de mar territorial y plataforma continental.

SEPTIMO: Con una tradición histórica tan sólida, con una abundante documentación sobre los límites antiguos, con una legislación venezolana muy firme en sus argumentos, con la existencia de disposiciones del Derecho Internacional, y con la solidaridad creada por una historia común, una cultura similar en intereses complementarios, Venezuela espera serenamente una conclusión justa y honorable para sus derechos e intereses, sin menoscabo de su integridad territorial y sin mengua de su identidad nacional, dentro de la necesaria convivencia con un país no sólo vecino, sino fraterno en los ideales bolivarianos de integración latinoamericana.

OCTAVO: En vista de todo lo anterior, preocupa a la Academia Nacional de la Historia la fijación de un rumbo cierto, afianzado en la historia, para las conversaciones que van a reanudarse entre Venezuela y Colombia. En este sentido la Institución estima la conveniencia de ratificar la soberanía siempre ejercida por Venezuela sobre el Golfo de Venezuela y el derecho al mar territorial del Archipiélago de Los Monjes.

La Academia Nacional de la Historia cumple, de este modo, con un elemental deber al recoger los fundamentos históricos que avalan la posición venezolana en la discusión sobre delimitación de áreas marina y submarinas con la hermana República de Colombia.

Caracas, 17 de enero de 1980


El presente documento constituyó la posición doctrinaria de la Academia Nacional de la Historia, publi-cada el 17 de enero de 1980, frente al problema de límites con Colombia en el momento en que el asunto estuvo en discusión.

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